El Gobierno de Santa Fe ha aprobado un nuevo protocolo destinado al recupero y resarcimiento de gastos y daños ocasionados al Estado Provincial. La medida abarca hechos de violencia, amenazas y conductas de riesgo en ámbitos escolares y espacios de socialización juvenil, buscando responsabilizar económicamente a quienes generen la activación de dispositivos de seguridad y emergencia.
La iniciativa se formaliza a través de la Resolución N° 1201 del Ministerio de Justicia y Seguridad, firmada por el titular de la cartera, Pablo Cococcioni. El ministro había anticipado la medida el lunes previo, durante una conferencia de prensa, al señalar que «un operativo básico de este tipo, cuesta entre $ 5 y 6 millones» en alusión directa a las amenazas en escuelas.
En aquella ocasión, Cococcioni adelantó la intención de procurar consecuencias legales y económicas, buscando cobrar los altos costos de cada operativo a los responsables, un anuncio que ahora se materializa con esta resolución.
Objetivo y articulación del procedimiento
El protocolo, elaborado por la Subsecretaría de Legal y Técnica del Ministerio de Justicia y Seguridad, a cargo de Blanca Diakaki, tiene como objetivo establecer un procedimiento administrativo uniforme. Este permitirá identificar, cuantificar y reclamar el recupero de los costos operativos, logísticos y administrativos en los que incurre el Estado Provincial como consecuencia de intervenciones derivadas de este tipo de eventos, los cuales generan un significativo impacto en los recursos públicos.
El documento articula la intervención de diversas áreas competentes, incluyendo el Ministerio Público de la Acusación (MPA), fuerzas policiales y áreas técnicas y administrativas. Define un circuito que comprende desde la recepción de información y la determinación de los recursos afectados, hasta la conformación del legajo administrativo, la liquidación de los costos y la intimación extrajudicial a los responsables. Prevé, además, la eventual judicialización del reclamo a través de la Fiscalía de Estado en caso de incumplimiento.
En sus considerandos, la resolución subraya que «la implementación de este instrumento permitirá dotar de mayor trazabilidad, previsibilidad y eficacia a las acciones de recupero, fortaleciendo la gestión administrativa y contribuyendo a desalentar conductas que implican la activación indebida de dispositivos de seguridad y emergencia».
Los siete ejes del protocolo
La resolución se acompaña de un anexo que detalla siete puntos clave a seguir para la aplicación del protocolo:
- Recepción Ministerial y Responsables: El proceso se inicia con la recepción ministerial de la comunicación del MPA, mediante la cual se individualiza al o los responsables del hecho denunciado. Esta comunicación debe incluir la indicación del CUIJ, el fiscal interviniente, la identificación del autor o autores, partícipes y adultos responsables, así como sus domicilios, celulares y todo otro dato pertinente para la consecución de estos fines.
- Solicitud de Costos Operativos: La Subsecretaría de Legal y Técnica requerirá a la Secretaría de Coordinación Técnica y Administración Financiera la determinación de los costos operativos del servicio para esa incidencia específica.
- Conformación del Legajo Administrativo: Se ordena conformar un legajo administrativo individual o expediente digital por cada hecho. En este legajo se incorporarán todas las actuaciones, informes técnicos, constancias de intervención de las fuerzas, registros de comunicaciones, cartas de incidencia del 911 y toda otra documentación que acredite la efectiva prestación del servicio y los costos incurridos. Esta información se pondrá a disposición de los requeridos y podrá ser utilizada como prueba en sede judicial.
- Determinación de Recursos Afectados: Se solicitará a la Jefatura de Policía, a través del Departamento de Operaciones Policiales (D-3), la determinación de todos los recursos humanos y materiales afectados, así como los costos en cada uno de los procedimientos. Se identificará la complejidad del operativo (baja, media o alta) y la participación de fuerzas especiales como bomberos, la Brigada de Explosivos o la Policía de Investigaciones.
- Cuantificación y Liquidación: Se procederá a la cuantificación y liquidación de los gastos en los que el Estado Provincial haya incurrido. Esta liquidación será remitida a la Subsecretaría de Legal y Técnica para la intimación extrajudicial.
- Intimación de Pago: El área librará una intimación de pago en un término perentorio e improrrogable de cinco días. El objetivo es que se proceda al recupero de los montos liquidados por parte del o los adultos responsables. La administración se reserva el derecho de reclamar posteriormente por mayores gastos o daños causados.
- Notificaciones y Judicialización: Las notificaciones serán efectivizadas por personal policial para agilizar el procedimiento. En el acto notificatorio se consignará que, en caso de no efectuarse el pago requerido, se librarán las respectivas instrucciones a la Fiscalía de Estado para que inicie las acciones judiciales correspondientes.
