Senado de Santa Fe exige morigerar el tarifazo de gas de Milei por la quita de Zona Fría a Rosario

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad y sobre tablas una comunicación impulsada por el bloque del Partido Justicialista (PJ) que rechaza la decisión del Gobierno Nacional, a través de la Casa Rosada, de eliminar el subsidio por Zona Fría a aproximadamente 4 millones de usuarios residenciales. De concretarse, esta medida afectaría directamente a la ciudad de Rosario y a otras localidades del sur de la provincia de Santa Fe.

Los senadores santafesinos argumentaron la necesidad de «morigerar» el «impacto tarifario en relación a los consumos de gas natural de red para uso residencial, en hogares santafesinos alcanzados por las modificaciones propuestas a la Ley Nacional Nro. 27.637, que pudiesen disminuir o dejar sin efecto los beneficios del régimen especial de Zona Fría». Actualmente, solo el sur de la provincia de Santa Fe goza de estos beneficios, sancionados en 2021. Las áreas del centro norte, provistas con redes de distribución, no reciben este subsidio cruzado, el cual se integra con aportes estatales y de la totalidad de los usuarios del sistema.

El esquema planteado por el Gobierno Nacional busca que únicamente algunas regiones del país accedan a gas más económico durante el invierno. Específicamente, la Patagonia y ciertas áreas cordilleranas. Bajo esta iniciativa, perderían el subsidio el sur de Santa Fe, una zona de Córdoba, y en la provincia de Mendoza, solo Malargüe mantendría este beneficio.

Los descuentos otorgados por el subsidio de Zona Fría oscilan entre el 30 y el 50% del valor del metro cúbico de gas natural distribuido. Las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo Nacional ya han avanzado en la Cámara de Diputados de la Nación. Por Santa Fe, votaron favorablemente los diputados de La Libertad Avanza: Romina Diez, Nicolás Mayoraz, Juan Pablo Montenegro, Agustín Pellegrini, Verónica Razzini, Yamile Tomassoni, Alejandro Bongiovanni y Valentina Raver.

El texto aprobado en el Senado fue presentado por la minoría del PJ y de inmediato sumó el apoyo de la mayoría radical, sin registrarse votos en contra. La comunicación subraya que el «régimen tarifario vigente a la fecha, alcanza a unos 550.000 hogares ubicados en el sur de la provincia de Santa Fe, lo que implica una estimación proyectada de 1.700.000 personas, que fueron incorporadas en una ampliación de la cobertura original propiciada en el año 2021″. El documento destaca que «el impacto final en el costo incremental del gas domiciliario para consumidores santafesinos desafectados del beneficio, se encontraría entre un 30% y un 40%, por lo que el impacto resultaría sustantivo, afectando la provisión accesible del servicio en vísperas de la temporada invernal».

Los considerandos interpretan que, si bien «el suministro y distribución de gas natural no es competencia de gestión directa del Gobierno Provincial, sí lo es la preservación de los derechos y la promoción del acceso a servicios básicos para la calidad de vida elemental de los ciudadanos santafesinos». En este sentido, continúa el texto, «siendo así, en su calidad de gestor institucional del interés ciudadano ante el Gobierno Nacional y ante la afectación de derechos de familias santafesinas, resulta pertinente requerir su intervención directa» ante la administración central.

Media sanción para la ley de perros lazarillos

En otro orden del día, la Cámara Alta otorgó nuevamente media sanción a un proyecto de ley que modifica una norma vigente, con el fin de garantizar que las personas con discapacidades visuales tengan el derecho de ingresar y permanecer acompañadas por sus perros guía o lazarillos en establecimientos comerciales y en el transporte público.

El texto, presentado nuevamente por el senador Armando Taferri (PJ-San Lorenzo), busca modificar incisos de varios artículos para evitar excusas que impidan el acceso a personas ciegas con sus perros lazarillos. La Ley 13.315, vigente desde 2012, tiene como propósito «reconocer y garantizar a toda persona que posea algún tipo de discapacidad visual o de otra índole que requiera la utilización de un perro de asistencia, el derecho a ser acompañada» por dicho animal. Esto aplica tanto para «acceder» como para «deambular y permanecer» en «cualquier lugar, establecimiento o transporte de uso o acceso público, con independencia de su titularidad pública o privada dentro del territorio de la Provincia».

La reciente media sanción del Senado busca principalmente corregir la redacción de la norma en aspectos formales de técnica legislativa. Por ejemplo, se define que es «a los efectos de la presente ley» que se categoriza a estos canes especialmente adiestrados, y se perfeccionan algunos incisos vigentes. Un punto crucial es que la ley santafesina actual no establece las penalidades previstas por una norma nacional anterior contra la discriminación, la Ley 23.592 y sus modificatorias.


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