El oficialismo impulsa en el Congreso la derogación de la Ley de Etiquetado Frontal, sancionada en 2021 para advertir a consumidores con octógonos negros y regular publicidad para menores. Desde el Gobierno argumentan que el sistema actual es confuso, ineficaz y perjudica la comercialización, al tiempo que buscan unificar criterios con países del Mercosur.
El Gobierno Impulsa la Derogación de la Ley de Etiquetado Frontal
Tras una semana favorable para el oficialismo en el Congreso de la Nación, marcada por la media sanción del Régimen de Zonas Frías y la Ley Hojarasca, el Gobierno avanza ahora con la propuesta de derogar la Ley de Etiquetado Frontal, sancionada en 2021. Esta normativa vigente busca advertir a los consumidores sobre el contenido nutricional de los alimentos, obligando a las empresas a incluir octógonos negros en los envases que señalan excesos de grasas, sodio, azúcares y calorías.
La iniciativa gubernamental tomó forma este sábado con el ingreso al Senado de un mensaje del Poder Ejecutivo, rubricado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Salud Mario Lugones. Esta propuesta se complementa con la presentada una semana antes por los diputados nacionales Daiana Fernández Molero (del PRO) y Alejandro Bongiovanni (de La Libertad Avanza).
Argumentos del Oficialismo para la Derogación
El documento oficial sostiene que la aplicación de la normativa actual, fundamentada en los parámetros de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), ha revelado «severas limitaciones técnicas, regulatorias, operativas y económicas» que justificarían su completa eliminación.
Los legisladores argumentan que, a más de cuatro años de su implementación, la Ley de Etiquetado Frontal «no cumplió sus objetivos y ninguno de esos propósitos fue alcanzado de manera satisfactoria». Subrayaron que estas deficiencias no son circunstanciales, sino «estructurales», atribuyéndolas a un «diseño técnico deficiente que genera confusión en el consumidor, desincentiva la reformulación y obstaculiza el comercio y la inversión».
Añadieron que el sistema de advertencias «confunde al consumidor en lugar de orientarlo», dado que el perfil nutricional empleado, basado en la OPS, no evalúa la cantidad absoluta de nutrientes —como gramos de azúcar, sodio o grasa por cada 100 gramos de producto—, sino su proporción sobre el total de calorías del alimento. Este enfoque, que utiliza los llamados «umbrales móviles», es señalado como la fuente de las principales distorsiones de la ley y, consecuentemente, de la información.
Resistencia del Sector Alimenticio y la Unificación en el Mercosur
La industria alimenticia ha manifestado resistencia a la Ley de Etiquetado Frontal desde sus inicios. En los fundamentos del proyecto, Fernández Molero y Bongiovanni enfatizaron que la norma «constituye un obstáculo al comercio y a la inversión».
Los diputados señalaron que, si bien cada país del Mercosur posee su propio sistema de etiquetado frontal, el bloque se encuentra en un proceso de unificación de estándares. Argumentan que esta unificación evitaría que las empresas deban desarrollar líneas de producción diferenciadas para la exportación, lo que implicaría mayores costos operativos que, en última instancia, repercuten en el precio final para el consumidor. «La coexistencia de cuatro sistemas de etiquetado distintos obliga a adaptar envases, fórmulas y líneas de producción para cada mercado, con costos que recaen especialmente sobre las pymes exportadoras y, en última instancia, sobre los consumidores», destacaron. Concluyeron que «los productores, exportadores y consumidores requieren un marco normativo estable» y que «la derogación legislativa es el único instrumento que ofrece esa certeza».
Umbrales Fijos vs. Umbrales Móviles
En este contexto, el oficialismo resalta que Brasil, Chile y Uruguay implementan perfiles nutricionales con umbrales fijos para el etiquetado frontal, los cuales se definen por cantidades absolutas de nutrientes cada 100 gramos de producto. Sostienen que este sistema es más comprensible para los consumidores al basarse en valores concretos, y no en la relación con las calorías totales. Por el contrario, argumentan que el esquema argentino, con sus umbrales móviles, restringe tanto la capacidad de las empresas para reformular productos más saludables como la autonomía de los consumidores para seleccionar mejores opciones.
Es pertinente recordar que en 2024, el Gobierno ya había introducido modificaciones a la Ley 27.642, estableciendo la prohibición de publicitar, promocionar y/o patrocinar alimentos y bebidas analcohólicas envasados dirigidos específicamente a niños y adolescentes. En esta normativa, se define «niños» a los menores de 13 años y «adolescentes» a quienes tienen entre 13 y 16 años. Asimismo, se estipuló que los productos con al menos un sello de advertencia «deberán propender al consumo adecuado del producto, presentando sus propiedades objetivamente sin engaños o equívocos, brindando información veraz, precisa y clara e incluir la denominación de venta y el nombre comercial del producto». La disposición también exigía que toda publicidad dirigida al público general incluyera información clara y veraz sobre los sellos de advertencia, edulcorantes o cafeína, y que las promociones fomentaran el consumo responsable, evitando engaños o ambigüedades.
Armonización en el Mercosur y sus Implicancias
Según un informe del portal Chequeado, desde 2025 el Mercosur impulsa la unificación del etiquetado frontal de alimentos entre sus miembros. Este esfuerzo es coordinado por un órgano técnico del Grupo Mercado Común (GMC), cuyo fin es eliminar barreras técnicas al comercio entre los Estados parte. En las negociaciones participan delegaciones de Uruguay, Paraguay, Brasil y Argentina.
Este debate cobra relevancia ante el incremento de enfermedades no transmisibles ligadas a la dieta, escenario en el que el etiquetado de alimentos puede ser una herramienta clave para fomentar elecciones saludables, según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Un informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), publicado en marzo, resaltó que Argentina posee la normativa de etiquetado más alineada con las mejores prácticas recomendadas por esta agencia.
Existen 158 tipos de etiquetas de alimentos, según la FAO. Por ejemplo, en Paraguay se utilizan lupas con la leyenda «Alto en», y si bien el perfil de nutrientes sigue las recomendaciones de la OPS, el país define sus propios límites. Brasil adopta un sistema gráfico similar, pero con umbrales nacionales. Por su parte, Uruguay emplea octógonos negros, como Argentina, aunque también con límites de nutrientes propios. Sin embargo, un informe de la FAGRAN (Federación Argentina de Graduados en Nutrición) advierte que el proceso de unificación podría «nivelar para abajo», afectando aspectos de la ley argentina como los criterios de calidad en compras públicas del Estado, restricciones de publicidad, promoción y patrocinio, y la protección de entornos escolares.
Los Próximos Pasos
La Comisión de Alimentos se encuentra actualmente abocada a la armonización del etiquetado frontal en el Mercosur durante sus reuniones ordinarias. De alcanzarse el consenso necesario para su aprobación, la propuesta pasaría a una instancia de consulta pública, que cada Estado parte deberá llevar a cabo durante un mínimo de 60 días. Para Argentina, dado que implicaría modificar una ley sancionada por el Congreso Nacional, sería necesaria una nueva intervención de este poder para incorporar los cambios.
Qué establece la Ley de Etiquetado Frontal vigente
La normativa actual, sancionada en 2021, obliga a la inclusión de octógonos negros de advertencia en alimentos procesados y ultraprocesados que excedan los límites establecidos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Asimismo, exige leyendas precautorias para productos con edulcorantes o cafeína, indicando su no recomendación para niños.
La ley también impone restricciones al marketing y la publicidad: los productos con al menos un sello no pueden presentar personajes infantiles, mascotas, animaciones, ni avales de sociedades científicas o celebridades en sus envases. Del mismo modo, prohíbe su publicidad para niños y su ofrecimiento en entornos escolares.
