Para la fiscalía, el suceso con Mauro González el pasado 17 de enero no constituyó una detención de rutina que derivó en tragedia, sino el resultado de un «plan común». En este, el uso desproporcionado de la fuerza y la omisión deliberada de auxilio médico crearon un riesgo letal.
En la audiencia de medidas cautelares, presidida por la jueza penal Cecilia Labanca, el fiscal Ezequiel Hernández expuso que los agentes del Comando Radioeléctrico y de Infantería desatendieron los protocolos de salud mental y sometieron a la víctima a padecimientos físicos de «intensidad máxima». El Ministerio Público de la Acusación (MPA) logró reconstruir, minuto a minuto, el traslado de González hasta su fallecimiento en un calabozo de la Comisaría 8va.
El inicio del procedimiento y las imputaciones
El 17 de enero, los agentes Lucas A. y Melisa D. fueron comisionados por la Central de Emergencias 911 a inmediaciones del cruce de calles Chaco y Hermanos Figueroa. Su objetivo era contener a González, quien atravesaba una «crisis subjetiva» por un presunto padecimiento mental o de consumo problemático de estupefacientes.
Hernández sostiene que los agentes hicieron «uso ilegítimo, excesivo y desproporcionado de la fuerza», sujetando al hombre con violencia, arrojándolo al piso y esposándolo. Posteriormente, arribaron otros uniformados, quienes, lejos de controlar la violencia aplicada, colaboraron activamente, golpeándolo y presionándole con las rodillas la cabeza, la espalda y las piernas.
La fiscalía imputó por «tortura seguida de muerte» a los agentes Facundo A., Melisa D., Lucas A., Sebastián B. y Sabrina P. Se les atribuye «coautoría funcional» por haber agredido a la víctima y haber mantenido la situación de riesgo de muerte de forma indiferente, hasta que González falleció por asfixia al broncoaspirarse en estado de inconsciencia.
Por su parte, el oficial Juan Cruz B. fue imputado por «vejaciones calificadas». Su participación se limitó al momento inicial de la aprehensión, donde habría aplicado tratos rigurosos. No intervino en el traslado ni en la custodia posterior en la Comisaría 8va.
Evidencias y el protocolo ignorado
En su exposición, el fiscal Hernández presentó una estructura probatoria que él mismo calificó como «superior a lo común para esta instancia», basada en evidencia técnica objetiva. Mediante los registros de GPS de los móviles policiales, demostró que las unidades detuvieron su marcha durante el traslado, momento en que los testigos afirmaron que los agentes continuaron con las agresiones.
Asimismo, registros fílmicos de una estación de servicio YPF y de la zona de la Comisaría 1ra —donde funciona Medicina Legal— confirmaron que la víctima ya se encontraba virtualmente inerte y sin poder mantenerse en pie mucho antes de ingresar a la Seccional 8va.
La fiscalía recalcó que los oficiales Lucas A. y Melisa D. prescindieron de la Resolución N.º 1427/2019, la cual obliga a convocar personal sanitario ante crisis de salud mental. En cambio, González recibió una golpiza focalizada en su zona abdominal, a pesar de que su padre advirtió a los gritos sobre una cirugía previa en esa área. Este ensañamiento resultó en la fractura de la séptima costilla derecha y más de 20 lesiones visibles.
Abandono deliberado y causa de muerte
Para el fiscal Hernández, la tortura se completó con el abandono deliberado. A pesar de que el estado de inconsciencia era «fácilmente observable» para cualquier persona, los agentes lo trasladaron por la ciudad y lo dejaron solo, boca arriba, en una celda.
El informe forense fue determinante: la muerte por broncoaspiración fue un evento «altamente previsible y prevenible», desencadenado por el deterioro físico que provocó el dolor extremo.
Riesgos procesales y pedido de prisión preventiva
Un punto central en la argumentación fiscal para solicitar la prisión preventiva fue la condición de policías de los imputados. Hernández invocó el concepto de «muro de silencio azul» (Blue Wall of Silence), señalando que los acusados poseen conocimientos diferenciales y redes de influencia que podrían utilizar para amedrentar a los testigos, quienes son vecinos del barrio donde ocurrió el hecho.
El temor expresado por la familia de González en la audiencia, que denunció hostigamientos y persecuciones de móviles policiales, reforzó la tesis del peligro de entorpecimiento probatorio.
Finalmente, la fiscalía subrayó que, ante una expectativa de prisión perpetua para cinco de los seis agentes, el riesgo de fuga es máximo. Cerró su exposición afirmando que «a mayor cantidad de evidencia, mayor debe considerarse el riesgo de fuga», dado que los imputados ahora conocen la extensión de las pruebas en su contra.
La audiencia de medidas cautelares
El querellante Rodolfo Mingarini, abogado de la familia de la víctima, también solicitó la prisión preventiva de los seis agentes.
Los uniformados cuentan con la representación de los defensores particulares Jorge y Julio Pallavidini, por Lucas A.; Alejo Almirón, por Juan Cruz B.; José Ignacio Mohamad y Luis Massot, por Facundo A.; Sebastián Oroño y Milton Schaller, por Sabrina P.; Martín Risso Patrón, por Sebastián B.; y Macarena Monclose, por Melisa D. Todos ellos discutirán la pretensión del bloque acusador. La jueza Labanca podría resolver el jueves.
