La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, resolvió rechazar el pedido de recusación del juez Juan Malvasio, que presidirá como juez técnico el nuevo juicio que se realizará ante un nuevo jurado popular para determinar si Criste arrojó por el balcón de un departamento ubicado en el octavo piso del edificio del Instituto del Seguro, en pleno centro de Paraná, a Julieta Riera, que era su pareja al jueves 20 de abril de 2020, cuando cayó al vacío y perdió la vida; o si, como dice el acusado, la joven cayó tras un movimiento imprudente sin que él pudiera hacer nada para evitarlo.
La defensa de Criste, a cargo en esta etapa de Mariana Barbitta, recusó al flamante juez por entender que haber llevado adelante el rol de fiscal y haber participado en debates ante jurados populares le impediría realizar, como las normas lo demandan, el rol de juzgador. Criste, en una de las tantas intervenciones que ha tenido a lo largo del proceso, sostuvo que Malvasio “fue entrenado para acusar”.
Criste y su defensa arguyeron un "lógico temor de parcialidad" en el que incurriría el nuevo magistrado, solo sostenido en su pasado como fiscal. En un párrafo, la defensa sostuvo que no ponían “en duda la honorabilidad ni la trayectoria" de Malvasio, no obstante insistieron en el "temor" que le causa al acusado que el nuevo juez –por búsquedas en Google- es "conocido por haber logrado un veredicto de culpabilidad en el primer juicio por jurados en la provincia".
Castagno destacó en su resolución la evidente carencia de “sustento" del pedido recusatorio y recordó que Malvasio "no tuvo intervención en ninguna de las etapas" del proceso penal que se le sustancia a Criste.
Criste fue hallado culpable del femicidio de Julieta Riera. En 2021 un jurado popular emitió un veredicto unánime en aquel sentido y se le impuso la única pena que el delito de Homicidio agravado por el vínculo comprende: prisión perpetua. La defensa, en esta etapa ya en manos de Barbitta, recurrió el veredicto y en 2021, la Sala Penal de Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló la pena, ordenó la realización de un nuevo juicio ante un nuevo jurado popular y otro juez técnico y le concedió el arresto domiciliario con tobillera electrónica. La Sala entendió que hubo situaciones en el primer juicio que vulneraron el derecho de defensa.