Rechazaron los recursos de apelación de las defensas contra la remisión a juicio
El juez Santiago Brugo desestimó los recursos de queja interpuestos por las defensas en la Causa Coimas. Credit: Néstor Belini

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Santiago Brugo, resolvió desestimar los recursos de queja interpuestos por Miguel Ángel Cullen, defensor de Sergio Urribarri; Juan Antonio Méndez y José Pérez, defensores de Carlos Haidar; José Raúl Velázquez e Ignacio Esteban Díaz, defensores de Diego Cardona Herrero; Andrés Bacigalupo y Franco Azziani Cánepa, defensores de Luis Erbes.

La causa investiga al exgobernador Sergio Urribarri, al presidente del Directorio de Relevamientos Catastrales SA, Cardona Herreros, y a los ex funcionarios, Luis Herbes, Carlos Haidar, Miguel Ulrich y José Flores, por el presunto delito de Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

Brugo analizó que la defensa de Urribarri, el 26 de junio interpuso Recurso de Queja contra la resolución del 17 de junio del Juez de Garantías N° 4, Julián Vergara, que no concedió el recurso de apelación interpuesto contra la resolución dictada oralmente en la audiencia de remisión de la causa a juicio del 5 de junio, en la que “no hizo lugar a la exclusión de prueba digital y/o electrónica y de testimoniales cuya admisibilidad fueran cuestionadas por el letrado; rechazó el pedido de sobreseimiento solicitado; rechazó la petición de nulidad del requerimiento fiscal por falta de determinación de los hechos; omitió dar tratamiento de cuestiones que fueran planteadas en la audiencia de remisión de la causa a juicio (entre ellos menciona la ilegalidad de auditar una copia de seguridad en lugar del dispositivo original y la denuncia del ‘señalamiento ilegal’)”

Lo propio hizo con los planteos de los defensores de Haidar, Erbes, que cuestionaron que el juez “no concedió el recurso de apelación” y “rechazó el pedido de sobreseimiento solicitado; no hizo lugar a las exclusiones probatorias tal como lo requirieran”. Igual posición asumió la defensa de Cardona Herrero, contra la no concesión del recurso de apelación y porque “no hizo lugar a la exclusión cuya admisibilidad fuera cuestionada por los Letrados; rechazó el pedido de sobreseimiento solicitado; rechazó el pedido de nulidad del requerimiento fiscal”.

OTRO PLANTEO

Respecto de los planteos de nulidad y exclusión probatoria, Brugo entendió como su par de Garantías que “no existe un gravamen irreparable, ya que tal como se desprende de la letra de la ley, los planteos pueden reeditarse al interponerse los recursos casatorios contra la sentencia que, en definitiva, eventualmente dicte el tribunal de Juicio.

Brugo sostuvo que en el juicio “las partes tienen la posibilidad de discutir de la forma más amplia los hechos, presentar pruebas y realizar un control útil y eficaz de las evidencias que se produzcan, rebatir las alegaciones contrarias y ejercer su derecho de defensa en un marco de igualdad”.

Respecto del segundo planteo, la declaración de improcedente del recurso de apelación interpuesto ante el rechazo de los sobreseimientos solicitados, Brugo sostuvo que “si existe gravamen irreparable debe ser apreciado en cada caso particular. En el presente, he de poner de manifiesto que comparto los fundamentos esgrimidos por el juez de Garantías al analizar este tópico, el que no advierto configurado. Como corolario, el recurso de queja interpuesto contra la declaración de improcedente del recurso de apelación deducido contra el rechazo del sobreseimiento, ha sido bien denegado”.

Finalmente, Brugo expresó que “por las razones expresadas, entiendo que la resolución dictada por Vergara que rechaza la concesión del Recurso de Apelación ante la denegatoria de los pedidos de sobreseimiento mencionados más arriba, luce acertada y, en consecuencia, las quejas interpuestas deben desestimarse”.


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