17-06-2022 | 11:52
LUCÍA TORRES
[email protected]
En el mencionado proyecto se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios que sean necesarios para retiro y traslado por parte del gestor de los neumáticos fuera de uso (NFU) que el Municipio tiene acopiados y/o que se acopien en el futuro a su destino final, extendiendo el gestor autorizado a tal efecto, el correspondiente certificado de disposición final.
Asimismo, se establece que el retiro de los NFU que la Municipalidad tiene acopiados en la Planta de Tratamientos será sin costo para el Municipio, en virtud de la entrega al gestor de los NFU que se contrate al efecto. La Autoridad de Aplicación, por su parte, será el Departamento Ejecutivo Municipal, autorizándoselo a delegar las facultades que por este artículo se le confieren en la secretaría o repartición con incumbencia en razón de la materia.
Dentro de los considerandos del proyecto se hace hincapié en que resulta necesario trabajar en la prevención de daños ambientales provenientes del manejo de elementos que en su producción utilizan productos susceptibles de contaminar. Entre ellos encontramos los neumáticos fuera de uso, es decir, aquellos que han sido utilizados por el parque automotor, motocicletas, maquinarias, aeronaves y otros equipos de transporte que hayan sido retirados del uso y de la circulación efectiva por no cumplir con las normas y/o estándares vigentes de seguridad vial. Se excluyen neumáticos de dispositivos para personas con discapacidad, dispositivos menores tales como bicicletas, triciclos y aquellos que forman parte de juguetes, entretenimientos o de servicio de personas.
De la misma manera, se menciona que se cuenta, en este sentido, con variada legislación; la Ley Nº 25.675 de presupuestos mínimos de Gestión Sustentable y Adecuada del Ambiente; la Resolución Nº 523/2013 de Manejo Sustentable de Neumáticos, de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno Nacional. En cuanto a esto, hay que decir que los neumáticos que utilizan los vehículos, tanto de uso particular como transporte público y maquinarias, que en su estructura contienen caucho, telas, metales, etc. y que una vez usados y concluía su vida útil, ya en forma directa o “recauchutado” o “recapado” o “remoldeado” y no pueda seguir usándose como tal, lo que constituye el denominado Neumático Fuera de Uso (NFU), que han sido catalogados como residuos de generación universal y que por sus condiciones ambientales, características de peligrosidad, riesgo o potencial efecto nocivo para el medioambiente, requieran de una gestión ambientalmente adecuada y diferenciada de otros recursos.
La ausencia de una adecuada gestión de los neumáticos fuera de uso se ha transformado en uno de los problemas medioambientales más serios a nivel mundial, según las afirmaciones de organismos especializados en el tema, cuando no son gestionados adecuada y sustentablemente representan un relevante impacto de contaminación o daño ambiental y posible afectación a la salud de la población.
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En el mencionado proyecto se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios que sean necesarios para retiro y traslado por parte del gestor de los neumáticos fuera de uso (NFU) que el Municipio tiene acopiados y/o que se acopien en el futuro a su destino final, extendiendo el gestor autorizado a tal efecto, el correspondiente certificado de disposición final.
Asimismo, se establece que el retiro de los NFU que la Municipalidad tiene acopiados en la Planta de Tratamientos será sin costo para el Municipio, en virtud de la entrega al gestor de los NFU que se contrate al efecto. La Autoridad de Aplicación, por su parte, será el Departamento Ejecutivo Municipal, autorizándoselo a delegar las facultades que por este artículo se le confieren en la secretaría o repartición con incumbencia en razón de la materia.
Dentro de los considerandos del proyecto se hace hincapié en que resulta necesario trabajar en la prevención de daños ambientales provenientes del manejo de elementos que en su producción utilizan productos susceptibles de contaminar. Entre ellos encontramos los neumáticos fuera de uso, es decir, aquellos que han sido utilizados por el parque automotor, motocicletas, maquinarias, aeronaves y otros equipos de transporte que hayan sido retirados del uso y de la circulación efectiva por no cumplir con las normas y/o estándares vigentes de seguridad vial. Se excluyen neumáticos de dispositivos para personas con discapacidad, dispositivos menores tales como bicicletas, triciclos y aquellos que forman parte de juguetes, entretenimientos o de servicio de personas.
De la misma manera, se menciona que se cuenta, en este sentido, con variada legislación; la Ley Nº 25.675 de presupuestos mínimos de Gestión Sustentable y Adecuada del Ambiente; la Resolución Nº 523/2013 de Manejo Sustentable de Neumáticos, de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno Nacional. En cuanto a esto, hay que decir que los neumáticos que utilizan los vehículos, tanto de uso particular como transporte público y maquinarias, que en su estructura contienen caucho, telas, metales, etc. y que una vez usados y concluía su vida útil, ya en forma directa o “recauchutado” o “recapado” o “remoldeado” y no pueda seguir usándose como tal, lo que constituye el denominado Neumático Fuera de Uso (NFU), que han sido catalogados como residuos de generación universal y que por sus condiciones ambientales, características de peligrosidad, riesgo o potencial efecto nocivo para el medioambiente, requieran de una gestión ambientalmente adecuada y diferenciada de otros recursos.
La ausencia de una adecuada gestión de los neumáticos fuera de uso se ha transformado en uno de los problemas medioambientales más serios a nivel mundial, según las afirmaciones de organismos especializados en el tema, cuando no son gestionados adecuada y sustentablemente representan un relevante impacto de contaminación o daño ambiental y posible afectación a la salud de la población.
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