En la jornada de este jueves, la Cámara de Apelaciones abordó nuevamente la causa que investiga el homicidio de Luciano Nicola, ocurrido la Navidad de 2020 en la ciudad de Santa Fe. La instancia judicial tuvo por objeto el examen de la apelación presentada contra la condena de Francisco Mario Sánchez, declarado responsable por el deceso del joven.
La audiencia, presidida por el camarista Alejandro Tizón, se centró en la sentencia dictada por el juez Lisandro Aguirre, que halló a Sánchez culpable del «homicidio culposo agravado» de Nicola, de 19 años. El hecho se produjo cuando el joven fue atropellado en la Ruta Nacional 168, la mañana del 25 de diciembre de 2020.

El defensor de Sánchez, Martín Montegrosso, procura revertir el fallo de primera instancia que impuso a su cliente una pena de 3 años de prisión en suspenso y 6 de inhabilitación para conducir. La defensa cuestiona tanto la legalidad de la acusación privada como la valoración de las pruebas de cargo.
Un precedente en la provincia
El caso Nicola sentó un precedente en el ámbito local, ya que la causa fue elevada a juicio oral y público a través de una querella privada, luego de que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) decidiera archivar la investigación inicial. La familia de Luciano, junto a los abogados Juan José Patiño, Martín Scurato y Sergio Fabbro, impulsó la acción penal.
Durante el debate oral, la parte acusadora logró acreditar que Sánchez conducía bajo los efectos del alcohol y a una velocidad que no se correspondía con las circunstancias del momento.
La estrategia de la defensa
La defensa de Sánchez centró su estrategia en cuestionar la constitucionalidad del rol de la querella cuando el Estado, a través de sus fiscales, opta por no acusar. Según el abogado Montegrosso, el derecho penal debe ser de carácter exclusivamente público, y la participación de un acusador privado en estas condiciones resulta «contraria a todos los preceptos constitucionales».

Asimismo, la defensa insistió en la teoría de la «autopuesta en peligro» por parte de Nicola, quien circulaba por la ruta tras la desarticulación de una fiesta clandestina. «Existe una autopuesta en peligro de la víctima que no puede ser achacada al imputado, toda vez que no hubo posibilidad de prever este peligro», sostuvo Montegrosso ante el juez de Cámara.
El abogado defensor también volvió a cuestionar la validez del test de alcoholemia realizado a Sánchez, que arrojó 1,5 g/l. Argumentó la falta de un acta de extracción formal de la muestra y la ruptura de la cadena de custodia.
Los argumentos de la querella
Desde la parte querellante, el Dr. Patiño rechazó categóricamente cada uno de los agravios presentados. Explicó que la legitimidad de la querella privada está amparada por el Código Procesal santafesino y por el «principio constitucional de acceso a la justicia».
Para la querella, no existen dudas sobre la responsabilidad del condenado: «El señor Sánchez violó más de una norma de tránsito. La conducción no fue cuidadosa de acuerdo a la circunstancia del lugar, no tuvo dominio del vehículo, no frenó, no esquivó».
Patiño recordó que, al momento del hecho, había cientos de jóvenes circulando a la vera de la ruta, lo que exigía una «velocidad precautoria» que el condenado ignoró al circular a un promedio de 100 km/h mientras se encontraba alcoholizado.
El dolor de la familia
El momento de mayor emotividad se vivió con la declaración de los padres de Luciano, quienes cuestionaron la falta de humanidad del condenado: «Si tuvo tanta velocidad para irse del lugar, ¿cómo no paró?».
«Esto le puede pasar a cualquiera, al hijo de cualquiera», insistió el padre de la víctima, añadiendo: «como familia quedamos totalmente destruidos, no solo murió mi hijo de 19 años».
Posteriormente, la madre de Luciano calificó a su hijo como una «víctima inocente de un asesino al volante, un ebrio», y concluyó: «Me hablan de la justicia divina pero, señor juez, yo quiero que haya Justicia en la Tierra».
La Cámara de Apelaciones, conocida como «la Alzada», deberá expedirse en los próximos días sobre la confirmación de la sentencia de primera instancia o la admisión de los planteos formulados por la defensa.
