PASO y generales

La provincia de Santa Fe definió las fechas para las próximas elecciones

El gobernador firmó el decreto para los comicios provinciales, municipales y comunales. Diputados terminó de incluir la figura de Ficha Limpia para las normas electorales pero hay dudas sobre su puesta en práctica.

16-02-2023 | 20:52 |

Las urnas santafesinas ya tienen fecha definida por el Poder Ejecutivo y en Santa Fe se sufragará con el sistema de boleta única.
Foto:Flavio Raina

El gobernador Omar Perotti firmó este jueves el decreto Nº 236, que estableció las fechas para la elección de autoridades provinciales, municipales y comunales en todo el territorio santafesino. De esta manera, el electorado fue convocado para el 16 de julio para los comicios Primarios, Abiertos, Simultáneos y Obligatorios (PASO), para la elección de candidatos; en tanto que las elecciones generales se llevarán a cabo el 10 de septiembre.

En días más, será el Tribunal Electoral el que se encargará de difundir el cronograma electoral que tendrá como fechas más importantes el 7 de mayo como plazo límite para inscribir alianzas electorales mientras que el 12 de mayo cerrarán las inscripciones de precandidatos.

A minutos de la difusión del decreto, la Cámara de Diputados aceptó el veto y texto alternativo a la llamada ley de Ficha Limpia, instituto que se incorporará al proceso electoral, pero con muchas dudas sobre cómo se implementará y para lo cual se solicitó desde la Cámara una reunión al titular del Tribunal Electoral, Daniel Erbetta.

Fue Ximena Sola (PRO) quien saludó que se terminara de sancionar la norma admitiendo que será compleja la puesta en práctica pero se mostró proclive a coordinar con el Poder Ejecutivo y el Tribunal Electoral la mejor manera de hacerlo. El presidente de la Cámara, Pablo Farías, hizo público el compromiso de tener una reunión con Erbetta para buscar la mejor salida. En tanto, el justicialista Leandro Busatto se abstuvo de votar la ratificación de la ley por entender que hay colisión con la Constitución y leyes básicas.

Ficha Limpia apunta a establecer que aquellas personas que cuentan con una condena judicial no puedan presentarse a elecciones para ejercer cargos públicos o partidarios. En Santa Fe, las dudas están generadas sobre cómo se hará el control, si lo harán las propias fuerzas políticas o la tarea se le agrega al Tribunal Electoral que tendría que revisar cada uno de los precandidatos.

La llamada Ley de Ficha Limpia implica agregados a artículos de las leyes 12.367 (sistema electoral santafesino con las PASO) y 6.808 (ley orgánica de partidos políticos). Apunta a elevar el piso de requisitos que deberán cumplir aquellos ciudadanos que quieran llegar a cargos públicos o partidarios. Fue sancionada en los primeros días de noviembre e informada al Poder Ejecutivo el 23 de noviembre. Las dos cámaras votaron proyectos sobre la materia. En el caso de Diputados impulsado por sendos proyectos de Sola (Pro) y Alejandro Boscarol (UCR) mientras que en Senado fue iniciativa del radical Felipe Michlig que terminó siendo el expediente de cabecera y por ende la observación del Poder Ejecutivo fue remitida a la mesa de entradas de la Cámara Alta. El concepto es impulsado en las provincias argentinas por el movimiento ciudadano 'Ficha Limpia' y Santa Fe es la sexta en sumar el tema a sus normas electorales.

El decreto de convocatoria electoral firmado por Perotti y la ministra de Gobierno, Celia Arena, incluye los mandatos que concluyen en diciembre: gobernador y vice; cincuenta diputados titulares y diez suplentes; y 19 senadores con sus respectivos suplentes. Además, se elegirán intendentes en 46 ciudades, entre ellos el primero de Monte Vera, en el dpto La Capital. También 217 concejales titulares y 189 suplentes, también será Monte Vera la que elegirá sus primeros seis ediles para conformar el cuerpo. Por otra parte se renovarán comisiones comunales y controladores de cuenta en 305 localidades – 147 son de cinco miembros, y 158 de tres; en ambos casos, deben contemplarse titulares y suplentes-.

Límite

La fecha electoral del 10 de septiembre es la última que le ofrece la Constitución y las leyes que determinan que las autoridades provinciales deberán elegirse entre 90 y 180 días antes de finalizar sus mandatos. De allí en más entran en juego los tiempos determinados para la PASO y hacia atrás para los cierres de listas.

 


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