Adhesión a la legislación nacional

Rutas santafesinas: media sanción para el uso de luces led

Los vehículos más modernos poseen luces de circulación diurnas que sustituyen a la luz baja (y gastan menos energía). La provincia está en vías de añadir esa posibilidad que, de hecho, los inspectores de tránsito no persiguen en el mapa de la bota. El problema está cuando se cruza a Córdoba.

27-09-2023 | 9:02 |

Las luces DRL (Daytime Running Light) tienen la función de que el vehículo sea visto, pero no iluminan. Son solo delanteras y se encienden automáticamente al poner el motor en marcha. Las automotrices argentinas tienen la obligación de añadirlas en sus 0 km.
Foto:Archivo.

Con media sanción por unanimidad y sobre tablas, el Senado santafesino aprobó un proyecto de ley que actualiza la norma sobre tránsito. Si la Cámara de Diputados le otorga la sanción definitiva se sumará la posibilidad de circular de día con las luces Led, en lugar de la luz baja.

Desde el punto de vista técnico, cualquier vehículo equipado con el Sistema DRL Day Time Running Light es tan visible como aquel que circula con las tradicionales luces bajas.

Con la decisión de los representantes de los 19 departamentos, ahora Santa Fe se encuentra camino de adaptar su legislación a esa tecnología que, de hecho, los inspectores en general no persiguen dentro de los límites del mapa de la bota. Los problemas para quienes se acostumbran a no encender la luz baja y circular solo con los Leds previstos por el fabricante están, por ejemplo, al circular por las rutas en la provincia de Córdoba. (Las multas van de los .480 a .960).

El Senado aprobó una iniciativa del senador Orfilio Marcón (UCR-General Obligado) que, al adherir a la ley Nacional 27.425 que incorporó ese tipo de iluminación diurna también acepta los cambios hechos a nivel federal para la Ley Nacional de Tránsito N°24.449.

Así, de avanzar en Diputados, se acepta en Santa Fe que se haya sustituido el artículo 47 de la ley 24.449, por el siguiente texto: "Uso de las luces. En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los artículos 31 y 32 y encender sus luces observando las siguientes reglas: a) Luces bajas o luces diurnas (sistema DRL: Day Time Running Light): mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales; b) Luz alta: su uso obligatorio sólo en zona rural y autopistas siempre y cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo reclame; c) Luces bajas, de posición y de chapa patente: deben utilizarse cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo demande; d) Destello: debe usarse en los cruces de vías y para advertir los sobrepasos; e) Luces intermitentes de emergencias: deben usarse para indicar la detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas; f) Luces rompe niebla, de retroceso, de freno, de giro y adicionales: deben usarse sólo para sus fines propios; g) Las luces de freno, giro, retroceso o intermitentes de emergencia deben encenderse conforme a sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente; h) A partir de la vigencia de la presente ley, en la forma y plazos que establezca la reglamentación, los fabricantes e importadores deberán incorporar a los vehículos 0 km nuevos modelos, un dispositivo que permita en forma automática el encendido de las luces bajas o de las luces diurnas (sistema DRL), en el instante en que el motor del mismo sea puesto en marcha, conforme al inciso a) precedente".

Antecedentes
Fue la legislación nacional sancionada por el Congreso de la Nación el 23 de diciembre de1994 y promulgada parcialmente por el Poder Ejecutivo Nacional en febrero de 1995 la que obligó a los conductores de todo el país a circular, según las provincias fueron adhiriendo a la norma, en todo el territorio del país con las luces bajas encendidas, aún de día, por obvias razones de seguridad.

Con la incorporación de la tecnología Led a los sistemas lumínicos de los vehículos, la legislación nacional obligó a los fabricantes argentinos a agregar un dispositivo que automáticamente encienda las luces DRL, y añadir así otro elemento de seguridad.

Recién en 2010 Santa Fe adhirió mediante su Ley 13.133 a la mencionada norma nacional. Luego, en 2017, otra vez a nivel nacional, se agregó la posibilidad de sustituir de día con los Leds de fábrica la luz baja, mediante la Ley Nacional 27.425.


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